13 Oct GESTIÓN DEL TRANSPORTE SANITARIO NO URGENTE
Fecha publicación: 13/10/2014 - 07:59:58
Fecha creacion: 13/10/2014 - 07:59:58
El Transporte Sanitario no Urgente comprende aquellos servicios de traslado de pacientes solicitados tras la valoración por un facultativo del Servicio Canario de Salud (SCS) que, debido a la situación clínica o a la imposibilidad física de los mismos, no puedan hacer uso de medios ordinarios de transporte. Además, sus circunstancias no deben prever la necesidad de asistencia sanitaria en el trayecto, bien para acceder a los centros del sistema sanitario del SCS (o concertados) o para regresar a su domicilio tras recibir asistencia sanitaria. El criterio de indicación del traslado se debe ajustar a razones de índole exclusivamente sanitaria.
Durante el año 2002 se puso en marcha la denominada Mesa de Transporte Sanitario, creada para la gestión directa y optimización del transporte sanitario no urgente (programada y diferido).
Mesa de Transporte:
La Mesa de Transporte es una unidad de coordinación a la que se le ha encomendado la gestión, control y optimización de las solicitudes de transporte sanitario no urgente en la CCAA., encargada de la gestión y el control de los recursos, así como del engranaje de los diferentes elementos que intervienen en el TSNU, como son las empresas prestatarias, los usuarios y los centros sanitarios, ya que de todos depende el buen funcionamiento del mismo.
Cuando se recibe la solicitud del centro sanitario, la Mesa de Transporte inicia las gestiones para asignar la plaza al paciente en el recurso determinado (camilla, colectivo con o sin camillero, con silla de ruedas…), en función de la ruta (origen-destino), los días (secuencia diaria o días alternos) y el horario señalado por el centro.
Las peticiones se envían desde el centro y éstas dependen de la ocupación existente de plazas. En ocasiones, posibles demoras dependen de la asignación del servicio porque los recursos que hacen esa ruta esos días están completos. En estos casos la Mesa de Transporte verifica si hay algún paciente próximo a causar “alta” en el servicio (y dejar así la plaza libre); en caso contrario, traslada propuestas al centro sanitario para buscar alternativas y que el paciente pueda tener transporte para iniciar el tratamiento lo antes posible, tales como, por ejemplo, modificar el horario de la sesión en función de las plazas vacantes, siempre bajo criterio médico. En este sentido la flexibilidad de los centros para aceptar estas propuestas es un factor importante para agilizar la adjudicación de plazas y acelerar el comienzo del tratamiento.
Modalidades:
La Instrucción 7/98 del director del Servicio Canario de la Salud establece la ordenación de la prestación del Transporte Sanitario Terrestre a pacientes beneficiarios del servicio canario.
El transporte sanitario no urgente puede englobarse en las dos siguientes modalidades:
Transporte diferido: aquel servicio que se comunica para su realización a las empresas prestatarias sin antelación y que cuentan con un margen de espera de 30 a 180 minutos, ampliables para aquellas altas no prioritarias.
Transporte programado: el que se solicita con al menos 12 horas de antelación a las empresas prestatarias para su realización. Puede ser puntual (traslado para consultas) o prolongado (rehabilitación, hemodiálisis…).
Causas de los traslados atendiendo al origen y servicio de destino
El TSNU es el encargado de trasladar los pacientes a diferentes servicios o centros, ya sea para la realización de pruebas diagnósticas o para recibir tratamiento, así como su regreso a domicilio. Las causas de los traslados son: consultas, alta en urgencias, alta en planta, rehabilitación, hemodiálisis, quimioterapia, radioterapia, hospital de día, curas, pruebas diagnósticas, valoración en urgencias, intercentros, ingresos, entre otros.